Por Graciela Raquel Rivas

Cuántas siglas podemos encontrar cuando hablamos de trastornos del aprendizaje.  Y que pocos conocimientos y recursos tenemos para enfrentar esta realidad. Nuestras  aulas se encuentran cada vez más pobladas  de estudiantes con estas dificultades, que varían desde problemáticas relacionadas con la  atención, con la adquisición de conocimientos relacionados con las letras y afectan a la  escritura y a la lectura, como también a los  números y el cálculo matemático.

Muchos chicos en nuestro país, se ven afectados con estos problemas de aprendizaje y  esta dificultad se agrava cuando reciben un  diagnóstico tardío y muchas veces erróneo.  La dislexia y el déficit de atención por hiperactividad son las principales patologías en  las aulas. La detección temprana y el diagnóstico correcto son fundamentales para abordar  esta problemática, para que nuestros estudiantes puedan superar estas dificultades y  las familias se sientan contenidas. Ahora nos  preguntamos si como sociedad estamos preparados para acompañar y facilitar este camino del aprendizaje, y si los docentes tenemos  las herramientas y estamos capacitados para

enfrentar esta problemática en el aula.

Desarrollemos un poquito cuales son estas  problemáticas:

DEA es la sigla que significa Dificultades  del Aprendizaje. Siempre han existido, pero  actualmente contamos con hallazgos e investigaciones que nos han permitido identificar las y analizar profundamente cada uno de los  casos. Se asocian a una de las primeras causas  más frecuentes del bajo rendimiento, baja autoestima y fracaso escolar.

Se trata de alteraciones neurobiológicas que  afectan la lectura, a la escritura o la noción  del número y el cálculo matemático. Las personas que poseen alguna DEA poseen inteligencia promedio o normales oportunidades  socioculturales y de enseñanza, y no tienen  dificultades sensoriales (auditivas o visuales). Es decir que no tiene que ver con un bajo  coeficiente intelectual, ni con la estimulación  medioambiental o con dificultades físicas,  sino que su etiología es neurobiológica (se  comprueba con estudio de neuroimagen),  hereditario y persistente, por lo tanto, no es  considerada una enfermedad en sí. La misma  no tiene cura, pero sí tratamiento compensatorio.

La dislexia es el más frecuente de los trastornos del aprendizaje.

Puede afectar la lectura correcta de palabras, la precisión, la velocidad, o la fluidez en  la lectura y en consecuencia la comprensión  lectora. Su prevalencia es decir el porcentaje  o presencia posible de la dificultad en la población, se estima entre el 5% y el 10% aunque según algunos estudios puede alcanzar  el 15%. Para plantearlo de una forma más  clara si pensamos en una clase de veinticinco alumnos, dos o tres tendrían dislexia. A su  vez posee trastornos asociados respecto a la  escritura, sustituciones, omisiones o inversiones.

La discalculia por otra parte, es la dificultad en las operaciones en el cálculo correcto y  fluido y en el sentido numérico, también genera obstáculos para recurrir a cálculos mentales y se presenta la sustitución por el conteo con los dedos. Dificultad para recordar  procedimientos u operaciones aritméticas,  comprensión de números, magnitud y sus  representaciones, razonamiento y vocabulario matemático. Afecta a entre el 1% y 6% del  alumnado en edad escolar, aunque resulta  difícil establecer un porcentaje exacto ya que  en numerosas ocasiones va asociado a otras  dificultades del aprendizaje.

La disgrafía es la dificultad en el control del  trazado que da como resultado una tipografía poco clara o no tan legible. Se estima que  afecta en el 11% de las mujeres y 21% a 32 %  en varones, y suele presentarse en conjunto  con otros problemas de aprendizaje, aunque  también ha sido encontrada en casos sin otra  dificultad. Puede interferir también con procesos de alto nivel como la organización de  las ideas. Se da en personas inteligentes y sin  problemas neurológicos que justifiquen los  obstáculos.

La disortografía se trata de una dificultad  específica en la automatización de la normativa que generalmente se encuentra asociada a  otro trastorno específico de base. De hecho, se  da en forma imperativa de una Dislexia y/o  Disgrafía.

Por todo lo leído y desarrollado, debemos  tener en cuenta que es muy importante plantearse qué siente un niño o niña en estas situaciones y también es muy importante tener  en cuenta que todas ellas:

-Influyen negativamente en el rendimiento  escolar.

-Producen un retraso en la adquisición de  conocimientos en la mayoría de las áreas del  currículo.

-Deterioran frecuentemente la imagen social del alumno/alumna.

-Repercuten en su propia autoestima. -Generan fracaso escolar y hasta abandono  escolar.

El 19 de octubre de 2019, el Honorable Congreso de la Nación sanciona la ley de abordaje integral e interdisciplinario de los sujetos que presentan dificultades específicas del  aprendizaje.

El objetivo de la ley es garantizar el derecho a la educación de personas menores y  adultas que tienen DEA. Establece un tratamiento integral y multidisciplinario del tema.  como también la formación de los profesionales para detectar, diagnosticar y tratar DEA.  También menciona la importancia de la difusión del tema.

Ley 27306 

Declárase de Interés Nacional el abordaje  integral e interdisciplinario de los sujetos que  presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje.

Objeto. 

ARTÍCULO 1° — La presente ley establece  como objetivo prioritario garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas, adoles centes y adultos que presentan Difi cultades  Específi cas del Aprendizaje (DEA).

Interés nacional. 

ARTÍCULO 2° — Declárase de interés na cional el abordaje integral e interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades  Específicas del Aprendizaje (DEA), así como  también la formación profesional en su detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su  difusión y el acceso a las prestaciones.

 

INTERÉS NACIONAL 

Definición.

ARTÍCULO 3° — Se entiende por Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA) a  las alteraciones de base neurobiológica, que  afectan a los procesos cognitivos relacionados con el lenguaje, la lectura, la escritura  y/o el cálculo matemático, con implicaciones  significativas, leves, moderadas o graves en  el ámbito escolar.

Autoridad de Aplicación. 

ARTÍCULO 4° — La Autoridad de Aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo  nacional.

Funciones. 

ARTÍCULO 5° — La Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo el ejercicio de las siguientes acciones:

  1. a) Establecer procedimientos y medios adecuados para la detección temprana de las necesidades educativas de los sujetos que  presenten dificultades específicas de aprendizaje;
  2. b) Establecer un sistema de capacitación docente para la detección temprana, prevención y adaptación curricular para la asistencia de los alumnos disléxicos o con otras difi cul tades de aprendizaje, de manera de brindar  una cobertura integral en atención a las necesidades y requerimientos de cada caso en  particular;
  3. c) Coordinar con las autoridades sanitarias y educativas de las provincias que adhieran a la presente y, en su caso, de la Ciudad Autó noma de Buenos Aires, campañas de concientización sobre Dislexia y Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA);
  4. d) Planificar la formación del recurso humano en las prácticas de detección temprana, diagnóstico y tratamiento.

Adaptación curricular. 

ARTÍCULO 6° — La Autoridad de Aplicación deberá elaborar la adaptación curricular  referida en el inciso b) del artículo precedente. Para garantizar el acceso al curriculum  común, en el caso de Dificultades Específicas  del Aprendizaje tendrá en cuenta las siguientes consideraciones orientativas:

  1. a) Dar prioridad a la oralidad, tanto en la enseñanza de contenidos como en las evaluaciones;
  2. b) Otorgar mayor cantidad de tiempo para la realización de tareas y/o evaluaciones;
  3. c) Asegurar que se han entendido las consignas;
  4. d) Evitar las exposiciones innecesarias en cuanto a la realización de lecturas en voz alta frente a sus compañeros;
  5. e) Evitar copiados extensos y/o dicta dos cuando esta actividad incide sobre alumnos con situaciones asociadas a la disgrafía;
  6. f) Facilitar el uso de ordenadores, calculadoras y tablas;
  7. g) Reconocer la necesidad de ajustar los procesos de evaluación a las singularidades de cada sujeto;
  8. h) Asumirse, todo el equipo docente institucional, como promotores de los derechos de niños, niñas, adolescentes y adultos, siendo que las contextualizaciones no implican otorgar ventajas en ellos frente a sus compañeros, sino ponerlos en igualdad de condiciones frente al derecho a la educación.
  9. i)

Consejo Federal de Educación. 

ARTÍCULO 7° — El Consejo Federal de  Educación tendrá la función de colaborador  permanente para el cumplimiento de los objetivos fijados en la presente ley, como así  también la de establecer un sistema federal  de coordinación interjurisdiccional, para la  implementación de políticas activas con el fin  de hacer efectivo el derecho a la educación de  niños, niñas, adolescentes y adultos que presentan Dislexia y Dificultades Específicas del  Aprendizaje.

Consejo Federal de Salud. 

ARTÍCULO 8° — La Autoridad de Aplica ción deberá impulsar, a través del Consejo  Federal de Salud, las siguientes acciones:

  1. a) La implementación progresiva y uniforme en las diferentes jurisdicciones de un abordaje integral e interdisciplinario de Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA);
  2. b) Establecer los procedimientos detección temprana y diagnóstico de las Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA);
  3. c) Determinar las prestaciones necesarias para el abordaje integral e interdisciplinario en los sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA), que se actualizarán toda vez que el avance de la ciencia lo amerite.

Programa Médico Obligatorio (PMO). 

ARTÍCULO 9° — Los agentes de salud  comprendidos en las leyes 23.660 y 23.661; las  organizaciones de seguridad social; las entidades de medicina prepaga; la obra social del  Poder Judicial, de las universidades nacionales, personal civil y militar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad, de Policía Federal Argentina; la Dirección de Ayuda Social  para el Personal del Congreso de la Nación  y los agentes de salud que brinden servicios  médico asistenciales, independientemente de  la fi gura jurídica que tuvieren, tendrán a su  cargo, con carácter obligatorio, las prestaciones necesarias para la detección temprana,  diagnóstico y tratamiento de las Dificultades  Específicas del Aprendizaje (DEA).

Como observamos, en las leyes se mencionan varias dimensiones que se interrelacionan  y articulan para lograr y obtener objetivos satisfactorios para enfrentar las problemáticas  del aprendizaje. Pero la teoría suele parecer  gratificante y muy bien escrita, pero en la realidad y en la práctica la desazón y la frustración de docentes, familias y estudiantes nos  indican que aún no estamos preparados para  enfrentar esta problemática.

Analicemos y reflexionemos sobre las  DEA en nuestras aulas

Para poner en práctica las disposiciones de  estas leyes, se deben establecer los medios  para detectar las necesidades educativas de  quienes presentan DEA. Planificar la capacitación docente, coordinar campañas de concientización, elaborar adaptaciones para favorecer el aprendizaje, y el Consejo Federal  de Educación y el Consejo Federal de Salud  deben colaborar para que esta ley se cumpla  y los establecimientos educativos deben llevar a cabo una serie de acciones para garantizar el derecho a la educación de las personas  con DEA.

En el aula es necesario tener en cuenta dar  prioridad a la oralidad, dar más tiempo para  realizar las tareas y evaluaciones, evitar exposiciones innecesarias de las personas con  DEA frente a sus compañeros, facilitar el  uso de computadoras, calculadoras y tablets.  Evitar copiados o dictados extensos, ajustar  los procesos de evaluación de cada persona,  tratar a la persona en forma integral e interdisciplinaria, y establecer procedimientos de  detección temprana y diagnóstico.

Estas son algunas de las acciones a tener en  cuenta en el aula.

El rol del docente, su formación y actualización sobre la existencia, características, prevalencia y manifestaciones de estas dificultades  es fundamental. Poder detectarlas tempranamente e intervenir generará que estos alumnos y alumnas puedan compensar sus dificultades y evitar el sufrimiento, la frustración y  el fracaso y/o abandono escolar, entre otras.

Es por ello que el docente cumple un rol  trascendente en la vida escolar siendo estratégico a la hora de llevar a cabo tu tarea áulica.  Debe ofrecer diferentes estrategias para cada  caso en particular, detectando las debilidades  y las virtudes de cada estudiante, potenciando habilidades singulares, promoviendo y  alentando esos talentos, como también tomar  a los errores como parte del proceso de aprendizaje, siendo cauteloso con estos estudiantes  más sensibles, ya que puede repercutir de  manera negativa en el rendimiento escolar y  en la autoestima.

Las desinformaciones aún sobrevuelan entre padres, escuela y especialistas. Y precisamente esa tríada es la que tiene que funcionar  como un escudo indestructible para detectar  a tiempo las dificultades en el niño. Sin detección temprana y un diagnóstico preciso los  trastornos del aprendizaje se vuelven un problema para el desarrollo pleno y feliz de un  niño a lo largo de su vida escolar-académica  y emocional.

En conclusión, la evaluación y arribar a un  diagnóstico adecuado es uno de los factores  que garantiza la buena evolución del niño,  y el rol del docente es fundamental en este  proceso. Capacitar a los docentes para la detección temprana de estas dificultades del  aprendizaje es necesario y fundamental.

Fuentes consultadas

Gómez-Hurtado, I. (2013). Dirección y gestión de la diversidad en la escuela: hacia un  liderazgo inclusivo. Revista Fuentes, 14, 61- 84

Cancio, C. (2014). La gestión de una escuela  heterogénea. En Anijovich, R. Gestionar una  escuela con aulas heterogéneas. Paidós  Montecinos, C. (2003). Desarrollo profesional  docente y aprendizaje colectivo. Psicoperspectivas. Revista de la escuela de psicología  (2), 105-128. https://www.psicoperspecti vas.cl/index.php/psicoperspectivas/arti cle/viewFile/6/6

Perrenoud, P. (2004). Diez desafíos para los  formadores de enseñantes. Desarrollar la  práctica reflexiva en el oficio de enseñar: pro

fesionalización y razón pedagógica.  Bolívar, A. (2014). Liderazgo educativo y de sarrollo profesional docente: Una revisión in ternacional. En J. Ulloa y S. Rodríguez (Ed.)  Liderazgo escolar y desarrollo profesional de  docentes: Aportes para la mejora de la escue la. Universidad de Concepción

Krichesky, G. J. y Murillo Torrecilla, F. J.  (2011). Las comunidades profesionales de  aprendizaje. Una estrategia de mejora para  una nueva concepción de escuela. Revis

ta Iberoamericana sobre Calidad, Eficacia y  Cambio en Educación (9)1, 66- 83.

Imen, P. (2007). En torno a la profesionalización docente y las instituciones educativas:  apuntes para el debate. En Miño y Dávila  (Ed.) Identidad del trabajo docente en el proceso de formación. Docentes que hacen investigación educativa, pp. 45- 56.

https://em.buenosaires.gob.ar/

https://www.infobae.com/2014/07/01/1576502-trastornos-del-aprendizaje-los-mas  diagnosticados-hoy-las-escuelas-argentinas/

https://www.disfam.org/argentina/  Dirección General de Cultura y Educación,  PBA (2019) Red de Escuelas de Aprendizaje.  Relatos y experiencias de una iniciativa de  innovación en 2.000 escuelas de la provincia  de Buenos Aires. Dir. Blanco, A. Comp. Cameron, A., Steeb, B. Santillana. Nodo 1 y 2.  Bolívar, A. (2011). Aprender a liderar líderes.  Competencias para un liderazgo directivo  que promueva el liderazgo docente. EDU CAR, 47(2), 253-275

Constitución Nacional Argentina.